Auto DespidoDespido Indirecto

17 de Junio de 2022by Laborales0

El despido indirecto o auto-despido es una vía para poner término a la relación laboral, mediante “despido”, pero no invocado por el empleador, sino por el propio trabajador, con pleno reconocimiento del pago de todas las indemnizaciones correspondientes a un despido, tal como si quien hubiera puesto término a la relación laboral hubiese sido el empleador.

Por regla general el trabajador solo puede poner término a la relación laboral mediante su renuncia voluntaria, renuncia que también alcanza a las indemnizaciones laborales que le corresponden por el periodo de tiempo en que haya prestado servicios, sin embargo, mediante la figura del despido indirecto el trabajador podrá acceder a las indemnizaciones correspondientes.

¿Cuándo podrá el trabajador invocar el despido indirecto?

Podrá el trabajador invocar el despido indirecto o auto-despido cuando estime que, dentro del desarrollo de la relación laboral, el empleador ha incurrido en alguna de las causales de despido que establece la ley laboral entre los artículos 159 y siguientes del Código del Trabajo. Es el hecho, del empleador, quien incurra en una causal de despido, el factor que fundamenta que sea el trabajador quien decida poner término a la relación laboral, con pleno pago de sus indemnizaciones laborales.

A modo de ejemplo, podemos señalar que algunas de las causales más comunes que invocan los trabajadores para auto-despedirse son:

  • Acoso laboral
  • No pago de cotizaciones laborales
  • No pago de remuneraciones
  • Incumplimiento de la jornada laboral
  • Imposibilidad de ingreso a las dependencias del empleador

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